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FRENADESO Noticias 23 de Marzo de 2016
[Video] Panamá: COFADESAVI
Envenenados denuncian irregularidades en audiencia
COFADESAVI
Envenenados denuncian irregularidades en audiencia
Envenenados se sienten preocupados por la manera en que se lleva la audiencia ya que han transcurrido 4 Días y se han presentado 47 querellas por algunas víctima, a concepto de los afectados dichas querellas no contribuyen o representan aportes al expediente de marra que reposa en dicha instancia, por el contrario la metodología que se ha estado utilizando ha conllevado al estancamiento del proceso de la audiencia, trayendo frustración y desgaste físico de parte de los afectados que se han hecho presente.
FRENADESO Noticias 23 de Marzo de 2016
CARTA ABIERTA No.1
Luego de 10 años de lucha, esfuerzo y sacrificio y muerte de centenares de víctimas se ha logrado que el 14 de marzo del 2016 se realice la audiencia contra 11 de los responsables del envenenamiento masivo con el toxico Dietilenglicol, de ahí que es oportuno recordarque nuestra lucha se remonta desde el año 2006, en la cual las Autoridades de Salud dieran a conocer públicamente el envenenamiento masivo con el Dietilenglicol en medicamentos para uso humano: el expectorante sin azúcar, difenhidramina, calamina y pasta al agua, cuyas consecuencias ha sido, muertes y secuelas en los que hoy sobreviven (diversas edades) a estegenocidio.
Como es del conocimiento público, han sido 112meses de luchade manera permanente;se ha vivido un víacrucis, un peregrinar y sobre todoun calvario en el seno familiar de cadaafectado por la ingesta del tóxico Dietilenglicol, siendo evidente la falta de castigo para los infractores de este genocidio, en la cual se encuentran11 imputados directos en el Segundo Tribunal Superior de lo Penal y uno que se arropa bajo el paragua del PARLACEN, que será Juzgado por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia.
Al transcurrir el cuarto día de Audiencia, se han presentados sendas (47) querellas por algunas víctimas en las cuales les asiste el derecho, sin embargo somos del pensar que dichas querellasno contribuyen o representanaportesal expediente de marra que reposa en dicha instancia, por el contrario la metodología que se ha estado utilizando ha conllevado el estancamiento del proceso de la audiencia, trayendo como resultados que las víctimas y familiares entren en un escenario de incertidumbres y frustración dado la ausencia del debate que determine la responsabilidad de los encausados,por lo que es necesario superar esta etapa que no es propia del proceso penal de audiencia, y entrar en aquellas que tienen que ver con las responsabilidades de los procesados; es evidente las inclemencias y las improvisadas instalaciones dondese encuentran concentradas más de un centenar devictimastrayendo resultados de atenciones de urgencias(21 casos atendidos por los paramédicos).
Frente a este escenario solicitamos:
-Que se resuelvan todas las querellas que se han presentado hasta este momento y saber cuál es el criterio de la magistratura en relación a la posición de la defensa de los imputados y de esta manera puntualizar la admisibilidad o no de las mismas.
-Establecer una Comisión entre el Ministerio Público, dos representantes legales de las víctimas querellantes y uno de los defensores, con la finalidad de utilizar un procedimiento ágil y expedito,apegado a la Ley y al debido proceso, garantizando la efectividad de la audiencia.
-Dadas las condiciones de temperaturas (calor) y el reinante vacío en la sala de audiencia, ha llevado a las víctimas a inquietudes, a la zozobra y a la desesperación, lo cual amerita las consideraciones oportunas de la magistratura y lograr que todas las victimas entren al recinto de audiencia, cumpliendo con el reglamento (Artículo 7) establecido para tal fin.
Finalmente hacemos el llamado al debate, a la práctica de pruebas y los alegatos, con la finalidad de debatir con altura, con transparencia y ética, esta manera iniciar el proceso de indagatoria que conlleve a resultados objetivos y a la condena de los responsables de este genocidio.
Personería Jurídica: Resolución 216-PJ-66del3demayo de 2010
Dado en la ciudad de Panamá, a losveintitrés (23) días del mesde marzode 2016
Enviado el Mircoles, 23 marzo a las 14:32:13 por franckoi